Los planes de facilidades vigentes en CABA ayudan a cancelar las deudas y promover la reactivación productiva de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Sin monto máximo de deuda, y permite incluir deuda administrativa y judicial, sin condonación de intereses resarcitorios.
Los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires que tengan deudas con la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos dispondrán de un plan de facilidades de pago, de carácter permanente, que reemplaza a los planes de facilidades anteriores: Resolución N° 249/AGIP/2008, Resolución N° 250/AGIP/2008 y Resolución N° 2722/SHYF/2004.
Sus características son que alcanzan a todo tipo de contribuyentes; todos los impuestos y multas aplicadas; sin monto máximo de deuda, y permite incluir deuda administrativa y judicial, sin condonación de intereses resarcitorios.
Según el plazo, las tasas serán de 1,5%, 2,5% y 3% (hasta en 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas); en seis cuotas sin interés de financiamiento para personas humanas; permite el levantamiento de medidas cautelares trabadas, y podrán incluirse los planes caducos al 31 de diciembre de 2019.
En todos los casos, para poder adherirse, es requisito: tener pagas las cuotas cuyo vencimiento haya operado dentro del plazo de noventa (90) días corridos anteriores a la presentación del acogimiento; contar con Domicilio Fiscal Electrónico, y asociar la regularización a una cuenta bancaria, registrando la CBU para el débito automático de los pagos.
Para adherir al Plan de Facilidades, se debe acceder a través de la página de la AGIP, ingresando con Clave Ciudad.