La Resolución 317 establece normas para que los grandes generadores se registren y cumplan con una serie de medidas e impone sanciones por incumplimiento.
Se deberá incluir un registro de operaciones en el que se vuelquen las acciones realizadas.
Desde el primero de marzo, entró en vigencia la Resolución 317/2020 para generadores especiales de residuos sólidos urbanos, en toda la Provincia de Buenos Aires, y expande y sustituye la Resolución 138 de 2013, en materia de sujetos obligados, requisitos mínimos y sanciones, y poniendo en vigencia la Integralidad e Inclusividad de la Gestión Especial de los Residuos Sólidos Urbanos.
La Resolución 317 presenta cuatro objetivos: disminuir la disposición final de RSU, impulsar la recuperación y el reciclado de materiales, generar trabajo e insumos para la industria y fomentar la economía circular con inclusión social, para consolidar lazos de cooperación entre distintos actores y busca garantizar que la gestión de los RSU se realice de manera integral e inclusiva.
Entre los sujetos obligados por la Resolución se encuentran supermercados e hipermercados, shoppings y galerías comerciales, servicios de alojamiento u hospedaje, comercios y centros de distribución, empresas de servicios, universidades, dependencias de la administración pública y todo establecimiento comercial o de servicios que genere más de 1.000 kilogramos de RSU al mes de toda la Provincia.
Certificación
Para dar inicio al proceso de certificación, los generadores especiales deberán presentar ante el OPDS un Plan de Gestión Integral e Inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos que tendrá que garantizar la separación en origen de sus residuos sólidos urbanos en, al menos, reciclables y no reciclables.
También, deberá asegurar la recolección diferenciada, transporte, tratamiento, acondicionamiento y/o valorización y disposición final de los residuos sólidos urbanos generados. Además, deberá verificar el envío de la totalidad de la fracción seca reciclable a un Destino Sustentable habilitado por OPDS.
En tanto, deberá incluir un registro de operaciones en el que se vuelquen las acciones realizadas en el marco de la gestión integral de sus residuos, incluyendo la creación de campañas y acciones de sensibilización y capacitación en gestión sostenible de los residuos a empleados, clientes y la comunidad en general.
Otros requisitos incluyen: la realización de actividades tendientes a la reducción en la generación de residuos, la disposición de un “Punto Verde” de acceso público en aquellos establecimientos comerciales con superficies mayores a los 2.500 m2, y el envío de alimentos con defectos o próximos a vencer que vayan a ser desechados a instituciones de bien público receptoras de los mismos, por parte de productores, distribuidores y comercializadores de productos alimenticios.
Las sanciones para los establecimientos que incumplieran las disposiciones contemplan multas de uno a 1.000 salarios de un agente de la administración pública, suspensión y/o caducidad total o parcial de la concesión y/o autorización otorgada, y clausura temporal o definitiva, parcial o total.